Decisión salomónica: Si/No
La Corte deja en sus cargos a Bruglia, Bertuzzi y Catelli, pero abre la puerta para su reemplazo.
Los tres jueces desplazados por el gobierno kirchnerista de argentina, fueron restituidos en sus cargos por la Corte Suprema de Justicia.
Con voto de la mayoría se dispuso que Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli continúen en los cargos a los cuales fueron trasladados por el gobierno de Mauricio Macri hasta que se realicen nuevos concursos para definir jueces naturales para esos tribunales que habían quedado vacantes.
El voto de la mayoría, conformada por el ex presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y los magistrados Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco, definió la controversia que había enfrentado al oficialismo y la oposición y que sensibilizó a la opinión pública, al punto de generar marchas de apoyo a los jueces desplazados.
En ese contexto, ayer por la mañana la Corte anunció el fallo que solo tuvo un voto en disidencia: el del Presidente del Cuerpo, Carlos Rosenkrantz, quien votó por la “restitución irrestricta” de los tres magistrados.
Otra de las novedades, es que en este fallo quedó establecido que no se pueden designar jueces naturales a través de traslados ordenados por el Poder Ejecutivo.
Lo que definió en la práctica este fallo es que se debe respetar el procedimiento constitucional para ocupar las vacantes que se habían generado en la Sala I de la Cámara Federal y en el Tribunal Oral Federal 7.
Así Bruglia, Bertuzzi y Castelli, podrán presentarse a concursar para quedarse con los puestos que ostentan actualmente.
El fallo
“El Consejo de la Magistratura de la Nación promoverá y activará la realización de los concursos de los cargos vacantes y restringirá al máximo la promoción de nuevos traslados. En el caso de los cargos ocupados por los recurrentes, convocará a un nuevo y específico concurso para cubrir las dos vacantes de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal”, prescribe la decisión del máximo órgano judicial del país.
“Los magistrados recurrentes en esta causa, y todos aquellos que ocupan transitoriamente cargos de la judicatura por traslado, continuarán ejerciéndolos y gozando de la garantía de inamovilidad hasta el momento en que sean designados por nombramiento los magistrados que ocupen de modo definitivo dichos cargos, luego de cumplido el proceso constitucional de los arts. 114 incs. 1º y 2º y 99 inc. 4º, en todas sus etapas”, sintetiza formalmente.
Escenario
El origen de esta pugna de intereses tiene inicio cuando el entonces Presidente Mauricio Macri dispuso el traslado de estos tres magistrados para cubrir vacantes en la Justicia Federal.
Pero luego de la llegada al poder de Alberto Fernández el mecanismo utilizado por Macri fue impugnado por el Consejo de la Magistratura, que ordenó revisar las designaciones de 10 jueces por esta vía.
Así, tras semanas de incertidumbre y en medio de una batalla legal y política que incluyó un pedido para que la Corte Suprema tomara el tema y dirimiera la cuestión – mediante un “per saltum” impulsado por los jueces involucrados – la Corte tomó una determinación que de alguna manera no le da la razón ni se la quita a nadie.
En lo judicial, la medida descomprime el tema, y en lo político devuelve la pelota a la cancha del oficialismo y la oposición.
Hay que recordar que los tres jueces tienen en sus manos Causas sobre denuncias de corrupción, tema que enfrenta enérgicamente a los dos sectores mayoritarios.
En su parte resolutiva, el fallo declara la inconstitucionalidad del Reglamento de Traslados de Jueces del Consejo de la Magistratura aprobado en el año 2000 y modificado el año pasado. Y se exhorta al Congreso de la Nación a dictar una nueva ley en la materia.
El oficialismo, que controla el Consejo de la Magistratura y tiene mayoría en el Senado, seguramente intentará avanzar cuanto antes con la designación de nuevos jueces en tribunales que están vacantes.
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